El Gobierno aprueba una prestación de 440 euros para parados que no tengan derecho a prestación y una moratoria de las cuotas para autónomos de 6 meses
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes nuevas medidas de apoyo económico frente al coronavirus dirigidas especialmente a colectivos más vulnerables. Destacan entre ellas la creación de un subsidio extraordinario para las personas a las que «se les haya extinguido su contrato y no tengan el tiempo mínimo requerido para pedir la prestación por desempleo», tal y como ha detallado el Vicepresidente de Asuntos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias. El montante de dicha prestación será de 440 euros al mes y también podrán acogerse a ella los trabajadores del hogar que se encuentren en la misma situación.
El Consejo de Ministros de este martes también ha aprobado una moratoria en el pago de las cotizaciones a la seguridad social para autónomos, además de otras medidas para el mercado del alquiler.
Nadia Calviño, vicepresidenta de Asuntos Económicos, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el Ejecutivo ha adoptado la «prórroga de las cuotas a la Seguridad Social de seis meses, sin intereses». Estas son las medidas que afectan a los autónomos:
- Se adopta la prórroga de seis meses sin intereses en las cuotas a la Seguridad Social
- Posibilidad para pymes y autónomos de aplazar las deudas con Hacienda hasta 30.000 euros durante seis meses, con tres meses de carencia
- Se proporciona una moratoria del pago de las cuotas –sin intereses– por los días trabajados en el mes de marzo
- Se amplia la moratoria de hipotecas, incluidos los autónomos que no tengan actividad por el estado de alarma o hayan sufrido pérdidas significativas
¿Qué pasa con la cuota de marzo que han cobrado ya a los autónomos?
El Ejecutivo a declarado que “Lo que hemos establecido hoy es que se puede dar una moratoria para el pago de aquellas cantidades que se correspondan con los días trabajados del mes de marzo. Aquellas cantidades que hayan sido ingresadas entendemos que los autónomos podrán solicitar la devolución de la parte que no se corresponda.”
La edición extraordinaria del Boletín Oficial del Estado (BOE) publicada el domingo a última hora, por otro lado, confirmaba que los autónomos sí pueden seguir trabajando a pesar del endurecimiento del Estado de alarma para preservar solo las actividades declaradas esenciales ya que los autónomos quedan fuera del ámbito de aplicación: no son trabajadores por cuenta ajena y no podrían acogerse al permiso retribuido recuperable. Como no podrían recuperar esas horas ni recuperar esos cobros, deben poder seguir trabajando. Sí se aplicaría, en cambio, a sus trabajadores. «Los autónomos podrán continuar con su actividad acreditando que lo son y que su actividad no es suspendida por el estado de alarma” (haciendo referencia al certificado publicado este lunes en el BOE), ha explicado Nadia Calviño en rueda de prensa.
FUENTE: Cadenaser.com