Conferencia sobre las obligaciones fiscales en España de las personas desplazadas al extranjero
El 27 de septiembre, la Cámara Oficial de Comercio de España en Bélgica y Luxemburgo organizó en Luxemburgo, en colaboración con su empresa asociada BLAW & TAX, una conferencia sobre “las obligaciones fiscales en España de las personas desplazadas al extranjero”.
El evento contó con la participación de socios de la Cámara, funcionarios de las instituciones europeas y representantes de empresas españolas en el Gran Ducado.
El Vicepresidente de la Cámara, José Luis Rodríguez Álvarez, dio la bienvenida a los participantes e introdujo a la ponente.
La conferencia corrió a cargo de Inmaculada Pineda, socia de BLAW & TAX, despacho especializado en fiscalidad internacional y en asesoramiento jurídico-tributario en el ámbito nacional e internacional relacionado con aspectos corporativos.
La conferencia giró en torno a dos puntos principales: la residencia fiscal y las implicaciones de esta, en lo referente a la tributación y beneficios fiscales previstos en la normativa interna española.
En primer lugar, se presentaron las reglas alternativas que determinan que la residencia fiscal se encuentre en España. La correcta determinación de la residencia fiscal es fundamental a la hora de determinar las obligaciones fiscales de las personas físicas.
Así pues, la normativa española recoge los criterios de residencia, de localización de intereses económicos y la presunción de residencia fiscal en el caso de que el cónyuge o los hijos sean residentes fiscales en España.
Inmaculada Pineda hizo un paréntesis a esta altura de la conferencia para explicar con detenimiento el conocido modelo 720 en el cual se establecen obligaciones informativas sobre los activos localizados en territorio español.
Dicha declaración ha de versar sobre tres bloques: las cuentas en entidades financieras, las cuentas en activos financieros en general y los bienes inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles.
Posteriormente se hizo referencia a la situación de los paraísos fiscales y a la regla de la “cuarentena fiscal”, según la cual se sigue tributando en España durante el año de traslado al paraíso fiscal y los cuatro años siguientes.
A continuación, la conferencia se centró en los Convenios de la OCDE y en aquellos establecidos con el objetivo de evitar la doble imposición. Estos convenios son de gran importancia pues tienen primacía sobre la normativa interna española.
Asimismo, se trataron casos particulares sobre el mantenimiento y cambio de residencia y las obligaciones relacionadas con los mismos.
Posteriormente, Pineda procedió a explicar los beneficios fiscales recogidos en la normativa española. Estos están recogidos principalmente en los artículos 7.p) de la LIRPF y 9 RIRPF e hizo hincapié en el hecho de que los artículos son incompatiblesentre sí y habitualmente es necesario analizar cada caso para poder decantarse correctamente por la aplicación de uno u otro.
La conferencia suscitó un gran interés por parte de los participantes, que pudieron plantear en todo momento sus cuestiones a la ponente.
Desde la Cámara agradecemos la colaboración de BLAW & TAX en la organización de la conferencia.