Ampliación de las medidas tomadas por el Consejo de Seguridad Nacional en Luxemburgo debido al Covid-19

El 15 de abril de 2020, el Consejo de Gobierno fijó las directrices para una estrategia de desconfinamiento que equilibre los imperativos de salud pública con aspectos psicosociales y económicos.

Como recordatorio, la Regulación del Gran Ducado del 18 de marzo introdujo una serie de medidas en el contexto de la lucha contra el COVID-19, tales como restricciones o cierres en el comercio y actividades artesanales o el cese de las actividades de construcción. Además de estas prohibiciones, se han suspendido las actividades educativas y la actividad de los centros de reciclaje.

En el Gran Ducado, la tasa de nuevas infecciones muestra una tendencia a la baja y, por lo tanto, refleja el efecto buscado por las medidas de confinamiento implementadas el 16 de marzo de 2020. Sin embargo, el gobierno ha decidido proceder a un levantamiento cauteloso de las medidas de confinamiento.

Por lo tanto, la estrategia de desconfinamiento será la siguiente:

  • Proteger a los grupos vulnerables en particular.
  • Implementar una salida gradual del confinamiento en fases suficientemente separadas entre sí.
  • Asegurar, en todo momento, las capacidades sanitarias suficientes en cuidados normales e intensivos para poder manejar casos graves en centros hospitalarios.
  • Sensibilizar a la población sobre su responsabilidad y reducir en la medida de lo posible el riesgo de propagación manteniendo o incluso fortaleciendo las medidas de distanciamiento que deben observarse en los lugares de grandes concentraciones.
  • Implementar medidas preventivas en el trabajo.
  • Asegurar el aislamiento y seguimiento cercano de nuevos casos de infección.
  • Desarrollar capacidades de realizar pruebas y apoyar la investigación, en particular con respecto a las pruebas serológicas para medir la inmunidad adquirida de la población.

Por lo tanto, la reanudación de las actividades solo puede tener lugar en fases sucesivas bien calculadas en términos de impacto. La decisión de iniciar una fase la toma el Gobierno por recomendación del Primer Ministro y el Ministro de Salud, y se basa en un estrecho seguimiento de la evolución del número de personas recientemente infectadas en la población y en una estimación de la capacidad de los hospitales disponibles a corto y a medio plazo.

El Primer Ministro y el Ministro de Salud pueden presentar al Consejo de Gobierno en cualquier momento una propuesta para reintroducir medidas de confinamiento más estrictas cuando, sobre la base del seguimiento de la evolución de la situación, parezca que las capacidades hospitalarias alcancen un nivel crítico que podría poner en peligro la atención adecuada de los pacientes.

Es importante tener en cuenta que cualquier reanudación de actividades irá acompañada de medidas de distanciamiento muy estrictas y complementadas con el uso obligatorio de una mascarilla o cualquier otro producto que cubra la nariz y la boca para situaciones de contacto interpersonal si la distancia de seguridad de 2 metros no puede ser garantizada.

 

Estrategia de desconfinamiento en fases:

Fase 1 – Reanudación de las actividades de la construcción (estimada para el 20 de abril de 2020).

La primera fase cubre las siguientes actividades:

  • Reanudación de las actividades de la construcción.
  • Ayuda educativa y actividades de asistencia (servicios de ayuda infantil y familiar, centros de competencia en atención psicopedagógica especial y medidas para beneficiar a los niños que están a punto de abandonar la escuela).
  • Actividades de jardineros y paisajistas.
  • Empresas cuya actividad principal es el bricolaje.
  • Reapertura de centros de reciclaje.

Esta lista se completará el 4 de mayo con la reanudación de las clases superiores, así como prácticas y trabajos prácticos para recibir el diploma de técnico superior y universitario.

Fase 2 – Reanudación de la educación secundaria (estimada para el 11 de mayo de 2020).

Fase 3 – Reanudación de la educación básica, así como la reapertura de guarderías (estimada para el 20 de mayo de 2020).

A esto le seguirá, en fases posteriores, la reanudación de las actividades comerciales y la reapertura del sector HORECA. En estos momentos, sin embargo, es pronto para hacer una evaluación detallada del levantamiento de las restricciones en este sector. El Consejo de Gobierno tomará una decisión final su debido tiempo en base a un análisis de la situación.

Se recomienda a las empresas y a las administraciones continuar promoviendo el teletrabajo durante todo el período de transición.

Las reuniones permanecerán prohibidas hasta el 31 de julio, excepto los funerales y bodas civiles, que se permitirán para un máximo de 20 personas y siempre que se respete una distancia interpersonal de 2 metros. Se mantendrán las prohibiciones establecidas en el artículo 2 del Reglamento del Gran Ducado modificado el 18 de marzo que introduce una serie de medidas en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Las medidas de confinamiento actualmente vigentes para personas vulnerables y mayores de 65 años continuarán vigentes al menos hasta el final de la primera fase. El levantamiento gradual de las restricciones actuales también implica la necesidad de desarrollar, en consulta con el Ministerio de Asuntos de la Familia, Integración y la Gran Región, una estrategia para la protección de las personas vulnerables en los centros de atención y las personas mayores de 65 años.

Los trabajadores que estén en un estado vulnerable pueden consultar a su médico para determinar si la gravedad de la enfermedad les impide ir a trabajar. Esta evaluación debe realizarse caso por caso, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Dirección de Salud y el entorno laboral de la persona interesada.

 

Fuente: Gouvernement.lu

 

La Cámara de Comercio de Luxemburgo informa que la distribución de mascarillas protectoras a empresas, anunciada el pasado viernes 17 de abril de 2020, tendrá lugar en las siguientes fechas y según los siguientes procedimientos:

  • Empresas con 50 o más empleados recibirán las mascarillas por distribución directa el lunes 20 o el martes 21 de abril. Para estos dos días, se solicita a las empresas que alguien esté presente en sus oficinas para recibir los paquetes distribuidos por Correos de Luxemburgo.
  • Empresas con menos de 50 empleados recibirán una carta del Centro Común de Seguridad Social (CCSS) el lunes 20 o el martes 21 de abril en la que se les comunicará el número de mascarillas que se pondrán a su disposición. Las mascarillas se entregarán a las empresas cuando presenten la carta original de la CCSS en una oficina de correos.

Cada empresa recibirá 5 máscaras de protección por empleado.

La entrega gratuita de las mascarillas, organizada conjuntamente por el Gobierno, la CCSS, Correos de Luxemburgo y la Cámara de Comercio, permitirá equipar a unas 60.000 empresas de todos los sectores de actividad (excepto el artesanal). Representando tres cuartas partes de la mano de obra nacional, 60.000 empresas recibirán un total de 2 millones de mascarillas.

Las empresas pueden ponerse en contacto con la línea de ayuda (+352) 42 39 39 – 445 de la Cámara de Comercioo por correo electrónico en covid19@houseofentrepreneurship.lu para cualquier pregunta. En la página web www.cc.lu/covid19/ se puede encontrar más información sobre las medidas de ayuda.

 

Fuente: www.cc.lu

 

Actualización de las medidas de apoyo a los empresarios

50% de garantía bancaria

Una cantidad máxima de 250.000 euros de la Mutualité de Cautionnement.

 

Jornada parcial en caso de fuerza mayor

Pagos anticipados basados en el número previsto de empleados.

Solicitud a través del asistente en línea de MyGuichet.lu.

Ya no se aceptarán solicitudes por correo, correo electrónico o fax.

2 casos de tramitación de solicitud:

1) Cierre obligatorio: proceso por vía rápida o directamente apto.

2) Abierto pero con actividad reducida: acuerdo de la Secretaría del Comité de Condiciones Comerciales del Ministerio de Economía.

Medidas fiscales

Solicitar un retraso en el pago y la cancelación de los pagos anticipados del IVA.

Reembolso del saldo acreedor < 10.000 EUR y flexibilidad administrativa.

Contribuciones a la Seguridad Social: medidas de suspensión temporal de la CCSS.

 

Régimen de ayuda para empresas con dificultades financieras temporales

Subvención de capital en forma de anticipos reembolsables de hasta 500.000 euros.

Solicitud a través de la página online de MyGuichet.lu.

Base de cálculo: gastos de personal y gastos de alquiler

 

Ayuda financiera de emergencia para las pequeñas empresas y los trabajadores autónomos

2 casos de tramitación de solicitud:

1) Cierre obligatorio

Compensación financiera inmediata y no reembolsable de 5.000 euros

Requisitos de admisión y formulario

2) Abierto pero con actividad reducida

Bonificación financiera inmediata no reembolsable de 2.500 euros

Requisitos de admisión y formulario

 

En el contexto de la crisis de Covid-19, la Dirección General de las Clases Medias ha establecido un fondo de emergencia para empresas muy pequeñas (entre 0 y 9 empleados a tiempo completo) y trabajadores autónomos.

Gracias a esta medida, las empresas con un máximo de 9 empleados y los autónomos que posean una autorización de establecimiento válida emitida antes del 18 de marzo de 2020 (con una facturación anual mínima de 15.000 euros y cuya actividad haya sido interrumpida tras la entrada en vigor de la regulación del Gran Ducado del 18 de marzo de 2020, que introduce una serie de medidas en el contexto de la lucha contra el Covid-19) pueden presentar una solicitud de ayuda financiera inmediata y no reembolsable de hasta 5.000 euros.

El objetivo de esta medida es proporcionar apoyo financiero inmediato a las numerosas empresas de tamaño muy pequeño, así como a los trabajadores autónomos que, aunque constituyen una parte esencial del tejido económico, generalmente también son los más vulnerables frente a imprevistos como el Covid-19.

En este sentido, es importante aclarar que la concesión de esta ayuda se realiza independientemente del proyecto de ley que complementará los instrumentos de ayuda existentes.

 

FUENTES: www.cc.lu , guichet.public.lu

Solicite su adhesión al Spanish Financial Forum de la Cámara en Luxemburgo

A partir del 15 de abril, cualquier socio de la Cámara cuya actividad esté vinculada al sector financiero en Luxemburgo, puede formular su solicitud para ser miembro del Spanish Financial Forum (SFF).

Con este grupo de trabajo se aspira a crear en Luxemburgo un espacio de opinión y debate sobre asuntos económicos y financieros donde los profesionales que trabajan en empresas relacionadas con la prestación de servicios financieros miembros de la Cámara, puedan compartir experiencias, establecer colaboraciones, intercambiar información sobre tendencias del sector y generar negocio. También, tiene como objetivo el posicionarse como el principal interlocutor “hispano” ante las instituciones luxemburguesas en el sector financiero.

Los principales objetivos que se persiguen con esta iniciativa son:

  • Mejorar la imagen y percepción que proyecta Luxemburgo en España, principalmente en entornos profesionales.
  • Actuar como principal interlocutor y grupo de influencia “hispano” ante las autoridades luxemburguesas del sector financiero.
  • Facilitar el networking entre los miembros del SFF, de manera que puedan compartir experiencias, establecer colaboraciones e intercambiar información sobre tendencias del sector.
  • Actuar como nexo con los mercados latinoamericanos.
  • Favorecer la atracción y retención de talento español hacia Luxemburgo.

La participación en el SFF es exclusiva para los socios de la Cámara.

Solicite su incorporación al SFF enviando el FORMULARIO DE ADHESIÓN a luxemburgo@e-camara.com.

Más información sobre el SFF AQUÍ.

Nuevo procedimiento para la concesión de trabajo a jornada parcial en casos de fuerza mayor vinculados al Covid-19

COSAS QUE DEBES SABER

¿Qué es el trabajo a tiempo parcial?

El trabajo a tiempo parcial permite a una empresa evitar el despido de sus empleados.  Los empleados reciben el 80% de su salario de la empresa (esta cantidad no puede ser inferior al salario social mínimo ni superior al 250% del salario social mínimo). Estas cuantías son cubiertas en su totalidad por el Fondo de Empleo.

Condiciones que debe cumplir la empresa:

Empleados aptos: empleados permanentes, con contrato de duración limitada,

en prácticas, etc.

– estar legalmente establecido en Luxemburgo

– bajada significativa de actividades/ingresos después de la crisis

– comprometerse a no despedir a ningún empleado por razones económicas

 

Con el propósito de mantener el empleo y, por consiguiente, evitar los despidos, la legislación laboral luxemburguesa dispone que las empresas pueden, en determinadas condiciones, recurrir a diferentes planes de trabajo a jornada reducida, en función de la naturaleza de las dificultades existentes. Este sistema permite a las empresas mantener a sus empleados cualificados en el empleo con competencias esenciales para el buen funcionamiento de sus actividades.

Por consiguiente, el sistema de trabajo a jornada parcial es uno de los principales instrumentos que permiten a las empresas hacer frente a la caída de la actividad económica debida a la crisis sanitaria de Covid-19.

En vista de la situación excepcional actual y de las repercusiones en la actividad de las empresas y sus empleados, se han ajustado las condiciones para solicitar y obtener la reducción de la jornada laboral.

Con el fin de agilizar y facilitar el procedimiento de solicitud de reducción de la jornada laboral en casos de fuerza mayor relacionados con la crisis del Covid-19, la ADEM, en estrecha colaboración con la Secretaría del Comité de Condiciones Económicas y el Centro Estatal de Tecnología de la Información (CTIE), ha establecido un nuevo sistema automatizado que permite a las empresas presentar sus solicitudes de trabajo a jornada parcial mediante un formulario electrónico en: http://guichet.lu/cocp .

 

Esta solicitud deberá hacerse mensualmente

Las empresas efectúan su solicitud utilizando una identificación segura (productos LuxTrust (por ejemplo, Token, Smartcard o Signing stick) o un documento de identidad electrónico). También pueden presentar su solicitud a través de un representante autorizado (un fideicomisario), por ejemplo, si no tienen un producto LuxTrust. Los datos recogidos serán procesados automáticamente por la ADEM. La solicitud ha sido diseñada para ser lo más simple posible para las empresas. A partir de hoy, las empresas deberán utilizar el formulario disponible en el mostrador para realizar su solicitud (ya no se aceptarán solicitudes por correo, correo electrónico o fax).

Las solicitudes de las empresas que ya no pueden operar tras las decisiones del gobierno de marzo de 2020 serán procesadas directamente por la ADEM. Las solicitudes de las demás empresas sólo se tramitarán tras el acuerdo del Comité de coyuntura. En ambos casos y una vez aceptada la solicitud, la ADEM pagará un anticipo a las empresas. Este anticipo corresponde al 80% de los salarios del personal afectado por la reducción de jornada y permitirá a las empresas obtener dinero en efectivo rápidamente. A finales de mes, la empresa deberá presentar una declaración detallada de las horas que realmente se hayan trabajado. En base a esta declaración, la ADEM calculará las sumas correspondientes al Fondo de Empleo. En el caso de un pago excesivo, la empresa estará obligada a reembolsarlo.

¿Qué empresas son aptas para el nuevo plan de desempleo parcial vinculado a COVID-19?

Las empresas que ya no pueden llevar a cabo sus actividades por decisión del gobierno son automáticamente aptas para el trabajo a tiempo parcial sin necesidad de la aprobación del comité de condiciones económicas.

Todas las demás empresas que tienen que afrontar una reducción de su actividad debido a la crisis del coronavirus deberán recibir el consentimiento del comité de desarrollo económico para poder optar al trabajo a tiempo parcial.

Las agencias de empleo temporal también son aptas en lo que respecta a sus empleados cuyo contrato de adscripción continúa pero que ya no pueden llevar a cabo su actividad.

Ambos tipos de empresas deben presentar su solicitud utilizando el mismo formulario en el mostrador.

¿Qué empleados tienen derecho al nuevo plan de desempleo parcial vinculado al COVID-19?

  • Los empleados con contratos permanentes y de duración determinada (los contratos deben estar en vigor en el momento en que se produzca el acontecimiento de fuerza mayor).
  • Aprendices en fase inicial y adulta de aprendizaje.

¿Qué pasa con las empresas que ya han presentado una solicitud sobre la base del formulario antiguo?

Se están tramitando las solicitudes recibidas por la secretaría del Comité de Desarrollo Económico por correo, correo electrónico o fax. Dado el elevado número de solicitudes recibidas, esta tramitación podrá durar hasta el 3 de abril de 2020.  La ADEM se pondrá en contacto con las empresas cuya solicitud esté incompleta y, por lo tanto, no pueda ser procesada.

 

Enlace: http://guichet.lu/cocp

Fuente: ADEM

Documento adjunto: 200327_DemandeDeChomagePartiel.pdf

Presentación del Programa de Estabilización Económica Covid-19 del Gobierno de Luxemburgo, 25/03/2020

En este link podrán encontrar un resumen esquemático de las principales medidas del Programa de Estabilización Económica del Gobierno de Luxemburgo debido al Covid-19.

Medidas económicas y sociales para empresas tomadas en Luxemburgo debido al Covid-19

Desde la Cámara, queremos estar al lado de nuestras empresas asociadas y reforzar todas nuestras  acciones y actividades, para dar respuesta a las empresas y autónomos y reaccionar a la situación a la que nos enfrentamos.

Por esa razón, la Cámara publicará periódicamente todas las novedades legales, administrativas o nuevas medidas que se vayan produciendo y tomando en Luxemburgo para información de sus empresas asociadas y en su caso comunicación con el fin de facilitar también la actualización de la información que les sea útil.

En este link podrán encontrar las últimas medidas económicas y sociales para empresas tomadas en Luxemburgo debido al Covid-19.

Comunicado a nuestros socios sobre COVID19

Siguiendo las recomendaciones del gobierno belga, del gobierno luxemburgués y las recomendaciones sanitarias a nivel internacional, informamos que las instalaciones de la Cámara Oficial de Comercio de España en Bélgica y Luxemburgo permanecerán cerradas hasta el próximo 3 de abril. La seguridad y salud de las personas deben ser la prioridad absoluta en este momento.

 Desde la Cámara se están poniendo en marcha las medidas necesarias para frenar en la medida de lo posible la expansión de la epidemia con iniciativas como el teletrabajo y las reuniones telemáticas, que permitan garantizar la continuidad de los servicios y la actividad de la Cámara, así como la cancelación de actos presenciales, reuniones y viajes.

 Para cualquier duda o información, pueden ponerse en contacto con nosotros a través de los siguientes canales:

A través de nuestra página web, así como de nuestras newsletters y redes sociales, seguiremos informando sobre el calendario de actividades y noticias de interés para nuestros socios.

Un afectuoso saludo,

El equipo de la Cámara

La Cámara ya dispone de sus Anuarios 2020

La Cámara Oficial de Comercio de España en Bélgica y Luxemburgo ya dispone de sus Anuarios 2020.

Todos los socios recibirán en las próximas semanas un ejemplar por correo postal.

También puede leer el anuario en su versión digital a través de la Intranet de la Cámara haciendo clic aquí.

Esta publicación incluye información sobre los servicios disponibles para nuestros socios, la memoria de las actividades organizadas por la Cámara durante el 2019, una descripción de los programas de empleo y emprendimiento en los que estamos involucrados, así como un directorio de socios por sector de actividad.

Desde la Cámara, queremos agradecer el apoyo de todas las empresas asociadas, que nos permiten seguir mejorando y responder a las necesidades de nuestros socios.

El anuario está disponible tanto en español como en inglés.

Asimismo, queremos agradecer la colaboración a los anunciantes en el Anuario 2020, que nos permiten financiar la elaboración de esta publicación:

                    

 

 

Conferencia sobre el código de sociedades y responsabilidad de los administradores

El 25 de febrero, la Cámara Oficial de Comercio de España en Bélgica y Luxemburgo, en colaboración con los despachos socios Philippe & Partners y Estudio Legal Muñoz Gonzalo, organizó en el Cercle Munster de Luxemburgo una conferencia sobre “El código de sociedades y responsabilidad de los administradores. Una visión comparada con el derecho de sociedades español”.

La conferencia contó con una veintena de participantes, entre ellos el Embajador de España en Luxemburgo. D. Bernardo de Sicart Escoda. Durante la misma, los ponentes, Ernesto MUÑOZ (Estudio Legal Muñoz Gonzalo) y Denis Philippe (Philippe & Partners), presentaron respectivamente los tipos de sociedades más habituales en España y Luxemburgo, así como el régimen de responsabilidad de los administradores. Para finalizar, se realizó una comparativa a través de la cual se expusieron las similitudes y diferencias entre ambos países en esta materia y los ponentes resolvieron las dudas plantadas por algunos de los participantes.

 

En colaboración con:

Cóctel de Año Nuevo Luxemburgo

El pasado 30 de enero, la Cámara Oficial de Comercio de España en Bélgica y Luxemburgo celebró el Cóctel de Año Nuevo en Luxemburgo. El acto contó con la participación del Embajador de España en Luxemburgo, D- Bernardo de Sicart Escoda, asi como con numerosos socios, representantes de instituciones europeas y contactos de otras Cámaras bilaterales en el Gran Ducado.

Juan Rodriguez-Villa, Presidente de la Cámara, expresó sus buenos deseos para este año y dedicó unas palabras de agradecimiento a los socios y a todo el equipo de la Cámara.

El acto tuvo lugar en el hotel Meliá Luxembourg y contó con la participación de más de medio centenar de asistentes.

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